Que, conforme al artículo 194° de la constitución política del Perú las municipalidad provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política,económica y administrativa en asuntos de su competencia.[googlepdf url=»https://www.munisamegua.gob.pe/wp-content/uploads/2022/12/SKM_36722121914220.pdf» ]
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